Nos gustaría repasar un artículo muy importante dentro de la Ley de Prevención de Riesgos laborales.
En concreto, el artículo 20 de la misma nos indica que como empresarios debemos "analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores,designando para ello al personal encargadode poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso,su correcto funcionamiento."
Por otra parte, el citado artículo nos dice que "El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas." No debemos olvidar que la Ley no marca el alcance de la formación, sino más bien nos obliga a tener a la gente formada y nos abre la puerta para que podamos contratar servicios externos que nos ayuden en ese cometido.
Desde EMERSAL llevamos mucho tiempo organizadno formaciones en emergencias varias y tratando de dar soluciones que realmente sean útiles para las empresas en materia de seguridad labora, sacamos al mercado un proyecto de capacitación que resume la formación en los riesgos y emergencias más comunes a todas las empresas. Pero aún hay más, hemos conseguido que dicho proyecto nos lo CERTIFIQUE una universidad española!!
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